Bono vitalicio de S/1,130 para veteranos
Los licenciados reconocidos como Veteranos de la Pacificación Nacional pueden solicitar una bonificación económica excepcional de S/1,130 mensuales y de carácter vitalicio, establecida mediante la Ley N.º 32577, publicada el 14 de abril de 2026. El beneficio está dirigido a quienes realizaron servicio militar entre 1980 y 2000 en zonas de emergencia y participaron en acciones de pacificación bajo los requisitos legales.
El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas informó que recibe solicitudes desde el 16 de abril de 2026 hasta el 31 de julio de 2027. Los pagos se incorporan de manera progresiva, dando prioridad a veteranos de mayor edad y a quienes presentan discapacidad permanente. No es un bono para todos los licenciados del servicio militar ni una pensión ordinaria de jubilación.
¿Cuánto paga el bono para veteranos?
La bonificación asciende a S/1,130 por mes. En un año de doce pagos completos representa S/13,560, siempre que el beneficiario ya se encuentre incorporado y perciba todos esos abonos.
La ley señala que se trata de una ayuda vitalicia, personal e intransferible, sin carácter remunerativo ni pensionable. Es decir, no constituye sueldo ni integra automáticamente el cálculo de otra pensión.
El inicio de los pagos de cada persona depende de la revisión de su solicitud y de la incorporación presupuestal progresiva.
¿Quiénes tienen derecho al beneficio?
La Ley N.º 32577 se dirige a licenciados de las Fuerzas Armadas reconocidos como veteranos de la pacificación nacional, conforme a las verificaciones del Comando Conjunto. El servicio debe haberse prestado dentro del período 1980-2000 y en las condiciones de zona de emergencia y acción pacificadora previstas.
Es esencial el reconocimiento oficial hasta el 31 de diciembre de 2024 o contar con un expediente de reconocimiento presentado oportunamente y pendiente de resolución bajo las condiciones de la norma.
No es suficiente afirmar que se hizo servicio militar o presentar una fotografía del uniforme. La institución debe verificar la trayectoria y la documentación militar.
¿Qué requisitos personales se deben cumplir?
Además del reconocimiento militar, la información legislativa recoge condiciones como no figurar como deudor alimentario y no contar con los antecedentes policiales, penales o judiciales incompatibles señalados por la ley.
El solicitante debe presentar información veraz y los documentos exigidos. El Comando Conjunto solicita a las instituciones armadas comprobar la autenticidad de la libreta de servicio militar obligatorio o constancia equivalente, así como el servicio prestado en zona de emergencia.
La ausencia de un certificado actualizado no debe llevar a inventar uno: el interesado debe pedir a la unidad correspondiente la documentación que acredita su trayectoria.
¿Qué veteranos tienen prioridad para cobrar?
La bonificación será incorporada por grupos. El grupo 1 comprende a veteranos de 60 años a más y a aquellos con discapacidad permanente; el grupo 2, a personas de 55 a 59 años; el grupo 3, a quienes tienen de 50 a 54.
El grupo 4 considera edades de 45 a 49 años, y el grupo 5, de 40 a 44 años. La incorporación progresiva no significa que todos recibirán S/1,130 inmediatamente después de presentar su solicitud.
La edad y la situación de discapacidad ayudan a establecer el orden de prioridad conforme a la norma.
¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El Comando Conjunto comunicó la recepción de solicitudes desde el 16 de abril de 2026 y hasta el 31 de julio de 2027. El registro administrativo total tiene un plazo previsto hasta el 31 de julio de 2028.
Son fechas distintas: la primera corresponde a la presentación de solicitudes y la otra a gestiones de incorporación al sistema. Por lo tanto, los potenciales beneficiarios no deben esperar hasta 2028 para iniciar el trámite.
El proceso de reconocimiento como veterano tuvo un plazo anterior. La ley no abrió indefinidamente nuevas solicitudes para obtener esa condición.
¿Qué documentos debe reunir un veterano?
El solicitante debe preparar su DNI, el documento de reconocimiento como veterano, y el sustento del servicio militar obligatorio como libreta o constancia válida, según el formulario oficial.
Se revisan los antecedentes y otras condiciones legales. Cuando un documento militar presenta errores, corresponde pedir orientación a la institución armada para su verificación o corrección.
No se debe entregar dinero a personas que ofrecen agilizar el reconocimiento o asegurar el pago.
¿Es lo mismo que una pensión de la ONP?
No. El bono de S/1,130 es una bonificación económica excepcional establecida para veteranos reconocidos; no nace de los años de aportaciones al Sistema Nacional de Pensiones.
La norma indica que el beneficio no tiene carácter pensionable. Por ello, debe evitarse presentarlo como una pensión de jubilación general o afirmar que basta cumplir determinada edad para recibirlo.
La eventual compatibilidad con ingresos o prestaciones específicas debe verificarse con la entidad al revisar cada expediente.
¿Dónde consultar el procedimiento oficial?
El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas es la institución que verifica el reconocimiento y recibe las solicitudes. En su comunicación oficial explicó los plazos, la documentación y la coordinación con las instituciones militares.
Los interesados pueden revisar aquí el comunicado oficial para veteranos y seguir las indicaciones para presentar la solicitud.
Los familiares pueden apoyar a reunir documentos, pero la bonificación es personal e intransferible.
¿Puede un familiar heredar el bono de S/1,130?
No. La bonificación tiene carácter personal e intransferible, según la Ley N.º 32577. Eso significa que no debe confundirse con una asignación familiar que se transmite libremente a hijos, cónyuges u otros parientes cuando fallece el beneficiario.
La familia sí puede apoyar al veterano a conseguir su documentación o solicitar orientación, pero el titular es quien debe cumplir las condiciones de reconocimiento y de incorporación previstas por la norma.
¿Cómo solicitar el bono vitalicio de S/1,130?
Primero se confirma el reconocimiento como veterano y el cumplimiento del período de servicio. Después se reúne el DNI y la documentación militar. El interesado completa el modelo de solicitud publicado por el Comando Conjunto y lo presenta dentro del plazo establecido.
La entidad puede requerir validación ante la institución armada y evaluará las condiciones personales. Si se aprueba, el caso sigue el procedimiento de registro y programación para el pago progresivo.
La presentación de la solicitud es el inicio del trámite, no una orden automática para cobrar al día siguiente.
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- ¿Quiénes tienen derecho al beneficio?
- ¿Qué requisitos personales se deben cumplir?
- ¿Qué veteranos tienen prioridad para cobrar?
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- ¿Qué documentos debe reunir un veterano?
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- ¿Dónde consultar el procedimiento oficial?
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- ¿Cómo solicitar el bono vitalicio de S/1,130?

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